Plan de facilidades de pago de ARCA del Impuesto Ganancias a través del uso de quebrantos impositivos

Estimados

Les informamos sobre las importantes modificaciones al régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas del Impuesto a las Ganancias asociadas a la utilización de quebrantos impositivos, introducidas por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mediante la Resolución General N° 5742/2025 (RG 5742), publicada el 1 de agosto de 2025. El objetivo de estas medidas es facilitar el cumplimiento fiscal de los contribuyentes.

A continuación, detallamos los aspectos más relevantes de la RG 5742:

* Inclusión de multas: Ahora se podrán incorporar las multas asociadas a las obligaciones regularizadas, permitiendo su cancelación junto con el saldo de impuesto e intereses.

* Reducción del pago a cuenta: El pago a cuenta exigido se reduce del 3% al 2% del monto a regularizar.

* Ampliación de cuotas:

  1. Hasta 36 cuotas mensuales, iguales y consecutivas en general.
  2. Hasta 120 cuotas para quienes hayan manifestado ante ARCA y/o la Justicia la decisión de aplicar el ajuste por inflación a los quebrantos (con plazo hasta el 4 de agosto de 2025, inclusive).

* Disminución del monto mínimo: El monto mínimo de pago a cuenta y de cada cuota se reduce a $50.000. Para quienes hayan aplicado el ajuste por inflación de los quebrantos impositivos, el mínimo es de $500.000.

* Extensión del plazo de adhesión: El plazo para adherirse al régimen se extiende hasta el 31 de octubre de 2025. En ciertos casos específicos, el plazo se extiende hasta el último día del quinto mes siguiente al vencimiento de la declaración jurada respectiva.

* Refinanciación de planes vigentes:** Se habilita la opción de refinanciar planes de facilidades de pago vigentes bajo la RG 5.684. Esta opción estará disponible entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre de 2025, sin exigir pago a cuenta y conservando el número de plan original.

* Eliminación de restricciones en la cantidad de planes:** Se eliminan las restricciones sobre la cantidad de planes que se pueden presentar durante el período habilitado, permitiendo regularizar cada obligación de un período fiscal una sola vez.

* Disponibilidad en “Mis Facilidades”: Las nuevas adecuaciones estarán disponibles en el sistema “Mis Facilidades” a partir del 12 de agosto de 2025. La opción de refinanciación estará disponible desde el 2 de septiembre de 2025.

* Tasa de interés: La norma mantiene la tasa de interés de financiación en un valor equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente a la fecha de consolidación del plan. Actualmente, la tasa de interés resarcitorio asciende al 2,75%, por lo que la tasa de interés de financiación será del 1,375% mensual.

Para cualquier consulta adicional, no duden en contactarnos.

Atte

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