Un importante cambio en la normativa del Impuesto sobre los Bienes Personales 

Estimados,

Recientemente, la Dirección Nacional de Impuestos, a través del Dictamen NO-2025-81182096-APN-SSIP#MEC del 25 de julio de 2025, ha admitido que las sociedades que actúan como responsables sustitutos del Impuesto sobre los Bienes Personales sobre acciones pueden compensar la obligación tributaria con sus saldos de libre disponibilidad.

Esta decisión se basa en la identidad entre sujeto acreedor y deudor, y en la facultad del Fisco Nacional de constatar la liquidez y exigibilidad de los créditos a compensar.

Este dictamen pone fin a una controversia de larga data y tendrá un impacto significativo en la gestión de los saldos de declaraciones juradas, futuras declaraciones y acciones judiciales en curso. Si bien aún resta conocer la implementación por parte del Fisco, es una noticia relevante a tener en cuenta.

Quedo a su disposición para cualquier consulta al respecto.

AtteANDRES WILLA
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