PER, RIFL y FAL: cómo la nueva legislación laboral puede cambiar la manera de contratar, regularizar y administrar el riesgo laboral
Por Andrés Willa | andreswilla.com
Hay algo que todo empresario sabe: un empleado no cuesta solamente lo que dice su recibo de sueldo.
El verdadero costo laboral también incluye cargas sociales, contingencias, indemnizaciones, juicios, regularizaciones y el riesgo de que una decisión tomada hoy genere un problema económico dentro de algunos años.
La Ley 27.802 de Modernización Laboral introduce herramientas que pueden cambiar significativamente esa ecuación.
Tres siglas merecen especial atención: PER · RIFL · FAL
Y entenderlas puede ser mucho más importante que simplemente conocer el texto de la reforma.
1. PER: ¿tenés trabajadores mal registrados? Ahora existe una ventana para ordenar el pasado.
El PER —Promoción del Empleo Registrado— permite regularizar relaciones laborales del sector privado iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026, incluyendo relaciones no registradas o deficientemente registradas.
Pero lo verdaderamente interesante está en sus efectos.
La regularización puede generar condonaciones de deuda por capital e intereses vinculada a aportes y contribuciones de la Seguridad Social, además de permitir financiar la parte que eventualmente no resulte condonada.
¿Qué significa esto para una empresa?
Que una situación laboral irregular que durante años fue simplemente un “riesgo” puede transformarse ahora en una decisión empresarial concreta de saneamiento.
Y esto es particularmente importante para empresas que:
- tienen trabajadores incorrectamente registrados;
- tienen diferencias de categoría o jornada;
- mantienen relaciones laborales que nunca fueron correctamente formalizadas;
- están preparando una venta, inversión o reorganización;
- quieren reducir contingencias antes de una auditoría;
- tienen pasivos laborales potenciales que dificultan una operación societaria.
No se trata solamente de “blanquear”.
Se trata de analizar cuánto cuesta seguir con la contingencia abierta y cuánto cuesta regularizarla utilizando el régimen.
La pregunta correcta ya no es: “¿Cuánto me cuesta regularizar?”
La pregunta empresarial debería ser: ”¿Cuánto me cuesta NO regularizar ahora?”
El régimen tiene actualmente un plazo de adhesión que llega hasta el 28 de noviembre de 2026, alcanzando obligaciones devengadas hasta octubre de 2026 inclusive. Ese calendario importa.
2. RIFL: contratar puede ser considerablemente más barato
El segundo instrumento mira hacia adelante.
El RIFL —Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral— busca incentivar nuevas contrataciones registradas mediante una reducción de las contribuciones patronales.
Y acá aparece uno de los datos más atractivos para cualquier empresario:
El beneficio puede extenderse durante 48 meses.
La reducción alcanza contribuciones patronales destinadas, entre otros conceptos, al SIPA, Fondo Nacional de Empleo, Asignaciones Familiares e INSSJP.
El régimen contempla determinados perfiles de trabajadores, entre ellos personas que no tenían una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025, personas que estuvieron desempleadas durante los seis meses anteriores al alta, determinados monotributistas y quienes provengan de un empleo público.
Las nuevas relaciones alcanzadas deben iniciarse entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027.
Y acá aparece una oportunidad que muchas empresas todavía no están mirando.
No es solamente un beneficio laboral. Es una herramienta de planificación de costos.
Antes de incorporar una persona, la empresa debería preguntarse:
¿Esta contratación se puede encuadrar en el RIFL?
Porque dos trabajadores con el mismo salario bruto pueden representar costos patronales diferentes dependiendo de cómo se estructure y registre la incorporación.
3. FAL: empezar a financiar hoy el riesgo indemnizatorio de mañana
El tercero es probablemente el más disruptivo.
El FAL —Fondo de Asistencia Laboral— crea un mecanismo destinado a colaborar con el cumplimiento de determinadas obligaciones indemnizatorias de los empleadores privados.
Entre ellas se encuentran indemnizaciones vinculadas con preaviso, integración, despido y otros supuestos contemplados por la Ley de Contrato de Trabajo y determinados estatutos especiales.
Pero hay que entender algo fundamental:
El FAL no elimina la indemnización.
La propia reglamentación aclara que el Fondo no modifica el régimen indemnizatorio vigente. Su función es coadyuvar a su financiamiento y pago.
La lógica cambia.
En lugar de que una contingencia indemnizatoria aparezca inesperadamente cuando termina una relación laboral, el sistema busca generar una provisión anticipada.
Es, en términos simples: Convertir parte de un riesgo laboral futuro en una planificación financiera presente.
El régimen fue reglamentado por el Decreto 408/2026, pero su entrada en vigencia fue prorrogada hasta el 1° de noviembre de 2026.
Esto significa que las empresas tienen algo que no siempre tienen frente a una reforma:
tiempo para prepararse.
LAS TRES SIGLAS, EN UNA SOLA MIRADA
| Herramienta | ¿Para qué sirve? | Mirada |
| PER | Regularizar relaciones laborales existentes | PASADO |
| RIFL | Reducir contribuciones en determinadas nuevas contrataciones | FUTURO |
| FAL | Asistir en el financiamiento de determinadas indemnizaciones | CONTINGENCIA |
Y acá está, quizás, la verdadera importancia de la reforma.
PER + RIFL + FAL no deberían analizarse aisladamente.
Pueden formar parte de una misma estrategia empresarial.
EL NUEVO MAPA DE DECISIONES LABORALES
Imaginemos una empresa que hoy tiene 10 trabajadores correctamente registrados, 3 trabajadores con situaciones registrales que deberían ser revisadas y está pensando incorporar: 5 personas durante los próximos meses.
La pregunta tradicional era:
“¿Cuánto me cuesta tener 18 empleados?”
La pregunta después de la Ley 27.802 debería ser mucho más sofisticada:
1. ¿Qué contingencias tengo hoy?
→ Analizar PER.
2. ¿A quién voy a contratar?
→ Analizar RIFL.
3. ¿Cómo voy a administrar el riesgo indemnizatorio?
→ Prepararse para el FAL.
4. ¿Qué documentación tengo que revisar?
→ Contratos, registración, categorías, jornada, recibos, altas, bajas, legajos y documentación laboral.
5. ¿Qué decisiones conviene tomar antes de que termine cada ventana temporal?
→ Planificar.
Porque en materia laboral, muchas veces el costo no aparece cuando se toma la decisión.
Aparece cuando ya es demasiado tarde para cambiarla.
EL ERROR MÁS CARO: MIRAR LA REFORMA COMO UNA LISTA DE CAMBIOS
Una empresa puede leer 200 artículos de la Ley 27.802 y seguir sin saber qué hacer mañana.
Porque conocer la ley no alcanza.
Hay que convertir la ley en decisiones empresariales.
Por eso, nuestra recomendación es realizar un:
CHECK-UP LABORAL 27.802
Una revisión específica de:
✓ Registración laboral
✓ Categorías y jornadas
✓ Contratos
✓ Legajos
✓ Contingencias judiciales
✓ Relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas
✓ Nuevas incorporaciones
✓ Posibilidad de acceder al RIFL
✓ Situación frente al PER
✓ Preparación para el FAL
✓ Costo laboral proyectado
UNA REFORMA LABORAL TAMBIÉN PUEDE SER UNA OPORTUNIDAD
Durante mucho tiempo, las empresas miraron el Derecho Laboral principalmente desde una lógica defensiva:
”¿Qué pasa si me hacen un juicio?”
La Ley 27.802 obliga a incorporar otra pregunta:
”¿Cómo puedo administrar mejor mi estructura laboral?”
Y esa diferencia es enorme.
Porque el Derecho Laboral no debería aparecer únicamente cuando llega una carta documento.
También debería intervenir antes de contratar.
Antes de regularizar.
Antes de despedir.
Antes de reorganizar.
Antes de comprar una empresa.
Antes de venderla.
Y, especialmente, antes de que aparezca el conflicto.
¿SU EMPRESA ESTÁ APROVECHANDO LA LEY 27.802?
PER, RIFL y FAL no son simplemente tres nuevas siglas para memorizar.
Son tres herramientas que pueden impactar directamente en el costo, el riesgo y la planificación laboral de una empresa.
Pero para aprovecharlas correctamente hay que analizar cada caso.
No todas las empresas califican.
No todos los trabajadores califican.
Y una regularización mal instrumentada puede generar nuevos problemas en lugar de solucionarlos.
Por eso, antes de tomar una decisión, conviene hacer números y revisar la documentación.
En Derecho Laboral, anticiparse también es ahorrar.
¿Querés saber qué impacto puede tener la Ley 27.802 en tu empresa?
En Estudio Willa podemos realizar un diagnóstico laboral específico y determinar:
→ qué podés regularizar;
→ qué beneficios podés utilizar;
→ qué trabajadores pueden ingresar al RIFL;
→ qué contingencias deberías corregir;
→ y cómo preparar tu empresa para la implementación del FAL.
La reforma ya está vigente.
La pregunta no es si va a cambiar el mercado laboral.
La pregunta es si tu empresa está preparada para aprovechar el cambio.
Atte
ANDRES WILLA
Estudio Willa
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